jueves, 16 de diciembre de 2010

LEY DE EDUCACIÓN SEXUAL INTEGRAL

LEY DE EDUCACIÓN SEXUAL INTEGRAL. ANÁLISIS DE LOS DISCURSOS EN EL CONTEXTO DE SU SANCIÓN, este es el título que le dió vida a mi tesina de licenciatura. Durante un largo tiempo, me aboqué a la dura y apasionante empresa de construir un trabajo de investigación, indagando en los discursos que durante y después de la sanción, le dieron forma a la Ley Nº26.150 Programa Nacional de ESI.
Le he dado especial relevanciancia a los discursos de los legisladores - tanto de diputados como de senadores- emanados de las Versiones Taquigráficas del Congreso Nacional. Podría decirlo de una manera más vulgar y por ello no menos clara: indagué en la cocina de la Ley.
Comparto con ustedes aspectos relevantes de mi investigación, los que constituyen la primera parte del escrito final:

Resumen
El presente trabajo investigativo pretende realizar una mirada introspectiva de la situación de la Ley Nacional de Educación Sexual Integral, indagando en los discursos que circularon sobre la normativa durante y después de su sanción.
Para ello, tomaremos como referentes principales a los pensadores clásicos del siglo XX, Sigmund Freud y Michel Foucault y, referentes actuales en educación como por ejemplo Graciela Morgade, Liliana Pauluzzi, Graciela Frigerio, Cecilia Bixio y David Le Breton.
Asimismo nos detendremos en el análisis de las presentaciones teóricas (Lineamientos Curriculares Nacionales y provinciales, diarios, emisiones televisivas, CD publicado por el Ministerio de Educación de la Nación) para analizar la construcción discursiva de la sexualidad en lo que respecta a la sanción de la Ley 26.150.
En otro apartado, insistiremos en la importancia de pensar la docencia como oficio que habilite asumir la responsabilidad que implica la implementación de esta Ley.
Como corolario, nos propondremos impulsar lineamientos para una capacitación docente en y para la Sexualidad en Educación.

Palabras Claves
Sexualidad – Educación – Discursos – Docencia - Tecnologías Educativas


Definición del Problema
La Ley 26.150 estableció el Programa de Educación Sexual Integral en 2006. Se reglamentó en 2008 y aún existen dificultades para implementarla en las escuelas. De acuerdo a la letra legal, se obliga a impartir la ESI en las escuelas pero la misma no garantiza la implementación definitiva .
La Ley de ESI establece el derecho de los educandos a recibir educación sexual integral y propone niveles de implementación para dar cumplimiento a los 11 artículos de su cuerpo teórico:
1º Nivel de Implementación: lineamientos curriculares nacionales.
2º Nivel de Implementación: lineamientos curriculares provinciales.
Podría indicarse, que los componentes para poner en marcha los mecanismos de implementación existen, pero hay cuestiones estructurales y coyunturales que operan para obstaculizarlos.
Desde hace algún tiempo, se llevan a cabo acciones para capacitar y orientar a los docentes sobre el tema. No obstante, para la mayoría de las instituciones educativas, la sexualidad resulta ser un contenido prácticamente inabordable, salvo desde lo biológico y específicamente desde lo anatomofisiológico (aparato reproductor -en oposición a sistema-, prevención de embarazos no deseados y enfermedades de transmisión sexual).
La importancia de generar espacios en las instituciones educativas para tratar la sexualidad es sin dudas, un desafío que nos impone la necesidad de implementación de la Ley Nº 26.150 que establece y legisla lo concerniente a la ESI en la escuela.
La ley, cuya sanción fue en octubre de 2006, ha nacido bajo el ala de una situación institucional, organizacional y social determinada. Tales situaciones impregnaron el cuerpo teórico de la ley y más tarde ocurrió lo propio con los lineamientos y marcos orientadores. Será motivo de análisis, los discursos de los legisladores que participaron del debate del proyecto de ley y las discusiones que dieron forma a la Ley Nº 26.150. Asimismo, se analizarán discursos de índole social y religiosa que han hecho hincapié en la norma en cuestión.
La problemática que guía mi investigación son los discursos de los legisladores en el debate (cuestión de la hegemonía) en el Congreso de la Nación para la sanción de la Ley.
El contexto histórico-político cimentó la posibilidad de que pueda emerger el debate en el Congreso y la posterior sanción de la Ley. La indagación de las Versiones Taquigráficas que se registraron en las Sesiones Ordinarias y que dieron aprobación al proyecto de ley posibilita el análisis de los discursos que sustentaron las posiciones ideológicas. El lugar de los medios de comunicación como un hilo más que teje la trama social discursiva.
Asimismo, abordar el análisis desde una perspectiva macro y lograr una visión en relación a su implementación en el medio educativo y las implicancias pedagógicas que de esto emanan.


Justificación
La investigación que pretendo realizar, es conveniente, posee valor y es de utilidad. A continuación presento un cuadro que justifica mi estudio, de acuerdo a los criterios para evaluar el valor potencial de una investigación (Hernández Sampieri; Fernández-Collado; Baptista Lucio. 2003:15).

Criterio - Valor Potencial
Conveniencia: El alcance de la ley es a nivel nacional y comprende todos los niveles educativos por lo tanto estudiarla e impulsar su implementación masiva es un aporte a la educación en general.
Relevancia Social: Beneficia a la educación y a la comunidad. Su alcance social contribuirá a la mejora de problemáticas y calidad de vida en lo que concierne a la sexualidad de los sujetos.
Implicaciones prácticas: Contribuirá a comprender las implicancias teóricas de la ley de ESI.
Se espera saber las influencias conceptuales del contexto histórico-político que generó la ley; para construir un análisis crítico de fundamento frente al texto de dicha legislación.

La investigación es factible y por ser de carácter documental, el tiempo de realización es directamente proporcional a los tiempos que dedicaré a la misma. Cuento con disponibilidad de recursos financieros, humanos y materiales.
Este estudio, supone como posible, generar las condiciones para la implementación de la ley y su abordaje, a través de los niveles correspondientes en las escuelas.
A través de esta investigación se pretende realizar un aporte a la Educación en general. A su vez, tendrá un efecto rebote en la comunidad y ese impacto sin dudas contribuirá a la mejora de problemáticas y calidad de vida en lo que concierne a la Sexualidad de los sujetos.
Es insoslayable la temática sexual en la escuela, pues tiene un valor social concreto: la sexualidad y todo el entramado conceptual que su significado propone.


Objetivos: Quien no se aventura, no pasa la mar

Objetivo general
• Realizar un estudio de tipo descriptivo de la Ley 26.150, que analice críticamente la norma en el contexto histórico-político que la generó.
Objetivos específicos
• Analizar los discursos de los legisladores que sancionaron la ley y los conceptos de su cuerpo teórico (Versiones taquigráficas).
• Indagar en los principales medios de comunicación nacional y de la región, el posicionamiento ideológico y el estado de situación de la Ley.
• Revisar los niveles de implementación vigentes a nivel: nacional y provincial.
• Articular los discursos con referentes teóricos clásicos y contemporáneos.

Objetivo de extensión
• Contribuir con el diseño de un proyecto de Formación Docente y Capacitación Docente, proponiendo alternativas de acción para la implementación de la Ley 26.150.


Hipótesis. Quien nada duda, nada sabe
Las Hipótesis de este estudio son dos, la primera en relación al objetivo general y los objetivos específicos. La segunda hipótesis está en concordancia al objetivo de extensión:
Hipótesis 1
• Los discursos manifestados por los legisladores en el debate y posterior sanción de la Ley Nº 26.150, sostienen y legitiman públicamente un texto como producto de un proceso histórico político que determinó la creación del Programa Nacional de Educación Sexual Integral.

Hipótesis 2
• Es posible diseñar una propuesta para la Formación y Capacitación Docente proponiendo alternativas de pensamiento y acción de manera que posibilite la concreción a nivel institucional de la Ley Nº 26.150.






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